Comunidades Indígenas Diaguita: «Exigimos la prohibición de cambio de turno de proyecto Pascua Lama»

Escrito por el julio 6, 2020

Carta-Denuncia Pública a autoridades: “Exigimos la prohibición de cambio de turno de proyecto Pascua Lama en localidad rural de Chollay”

Sr. Patricio Urquieta, Intendente de Atacama
Sra. Galeb, Gobernadora de Provincia de Huasco
Sra. Carmen Bou Bou, Alcaldesa Municipalidad de Comuna de Alto del Carmen
Sra. Marcia Quezada, Instituto de Derechos Humanos (INDH) Región de Atacama
Sr. Felipe Sánchez, Jefe de Superintendencia del Medio Ambiente de Atacama.
Sr. Bastián Hermosilla Seremi de Salud de Atacama.
Sra.Yasna Provoste, Senadora Región de Atacama
Sr. Jaime Mulet, Diputado Región de Atacama
Srta. Daniela Cicardini, Diputada de la Región de Atacama
Sr. Carlos Pezo, Presidente Colegio Médico Atacama
Mesa Social Autoconvocada de Atacama

PRESENTES

Junto con saludar, los ponemos al tanto y expresamos nuestra profunda preocupación porque, el pasado jueves 25 de junio y martes 30 de junio, constatamos que la Compañía Minera Nevada SpA (Barrick Gold) ejecutó cambio de turno de su proyecto Pascua Lama en la pequeña localidad rural de Chollay.

Se trata de un hecho gravísimo, particularmente en el contexto de la pandemia de COVID-19.

Ya no es secreto ni hay dudas de que la responsable de la llegada y propagación del coronavirus en Atacama es la gran minería. Esto ha sido confirmado y denunciado por distintas autoridades locales y regionales, entre ellas los alcaldes de Vallenar, Freirina, Huasco y los diputados J. Mulet y Sofía Cid.

Ya a partir de marzo, diversas organizaciones y pobladores mostraron su preocupación por la y continuidad de las faenas mineras y la movilidad de sus trabajadores. No fueron escuchadas. Específicamente respecto de la mina Pascua Lama, sabemos que los habitantes del pueblo de El Corral, Valle del Carmen, estaban muy preocupados ya el 31 de marzo por el tránsito de buses y vehículos desde el acceso de Punta Colorada a Pascua Lama, y exigían una barrera sanitaria como mínimo o que los trabajadores llegaran por vía aérea.

En aquella oportunidad, una autoridad del Municipio de Alto del Carmen expresó que los vehículos que trasladan al personal venían de la Región de Coquimbo, se controlan en Incahuasi, no ingresan por las rutas normales y suben directamente a la planta. Si así fuera, ello se ha vulnerado o por lo menos, ha sufrido cambios. En ese sentido, denunciamos que este cambio está aumentando de manera innecesaria el riesgo de la llegada del coronavirus tanto a la Comuna de Alto del Carmen como a sus pequeñas localidades.

Por lo tanto, urge que todos los servicios y autoridades tomen nota de esta situación, la limiten y prevengan una desgracia en este territorio. En otras palabras, es imperioso que prohíban a la Compañía Minera Nevada SpA realizar otro cambio de turno en la localidad de Chollay o en cualquier otro lugar de la Comuna de Alto del Carmen.

Es necesario recordar que, en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la empresa se comprometió a no pasar por los pueblos de la Comuna de Alto del Carmen para acceder al proyecto Pascua Lama. Tras una consulta de pertinencia en el año 2012, la empresa decidió cambiar su compromiso de construir un by-pass por Alto del Carmen por el acceso por Punta Colorada, Región de Coquimbo.

En consecuencia, la comunidad entiende que el acceso hacia el proyecto Pascua Lama es únicamente por Punta Colorada. Y aunque en los últimos años hemos visto cambios de turno pasar por la localidad de Chollay y nos ha parecido irregular, no los reportamos antes porque teníamos cuestiones más graves y apremiantes que denunciar respecto de la afectación perpetrada por esta empresa en nuestros ecosistemas y vida.

No obstante, la situación es totalmente distinta en el contexto de la actual pandemia y se hace urgente denunciar el hecho, para que no se vuelva a repetir y para resguardar nuestra vida. Además, exigimos que se sancione el incumplimiento del compromiso de la empresa de no pasar por los poblados de Alto del Carmen.

Si por algún motivo se considerará el numeral 4.4.9 de la RCA 24/2006, somos enfáticos en aclarar que ninguna de las condiciones de emergencia previstas ahí se cumple en estos momentos. Es más, en las actuales circunstancias que exigen reducir la movilidad y adoptar distancia social entre las personas, pasar con trabajadores mineros por lugares poblados que están libres de virus es particularmente grave.

En ese sentido, exigimos conocer si la empresa pidió autorización a la Dirección Regional de Vialidad y a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, y si así fuera, solicitamos una copia de los documentos de autorización. Igualmente, queremos saber si se dio aviso a la Municipalidad de Alto del Carmen, a la Superintendencia del Medio Ambiente o a otra autoridad. En un contexto como el actual, cualquier autoridad que haya autorizado este incumplimiento es igualmente responsable.

Por lo tanto, en cumplimiento del mandato las autoridades y organismos a quienes se ha destinado esta carta de resguardar la salud de las personas, exigimos que se tomen cartas en el asunto y no se permita a la empresa hacer cambios de turno a través de nuestros poblados, menos en este contexto de pandemia.

Además, si se llega a configurar alguna de las emergencias descritas en el numeral 4.4.9 de aquí en adelante y hasta que no se erradique la pandemia de coronavirus en nuestro país, exigimos que se prohíban totalmente los cambios de turno o los accesos por la Comuna de Alto del Carmen, particularmente por el pueblo de Chollay.

Finalmente, nos gustaría dejar planteado que la misma Corte Interamericana de Derechos Humanos, a través de su Resolución N° 1/2020 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas” en favor del pleno respeto de los derechos humanos en este contexto, recomienda y sugiere lo siguiente, lo cual es pertinente a la presente denuncia:

“19. Exigir y vigilar que las empresas respeten los derechos humanos, adopten procesos de debida diligencia en materia de derechos humanos y rindan cuentas ante posibles abusos e impactos negativos sobre los derechos humanos, particularmente por los efectos que los contextos de pandemia y crisis sanitarias infecciosas suelen generar sobre los DESCA de las poblaciones y grupos en mayor situación de vulnerabilidad y, en general, sobre las personas que trabajan, las personas con condiciones médicas sensibles y las comunidades locales. Las empresas tienen un rol clave que desempeñar en estos contextos y su conducta debe guiarse por los principios y reglas de derechos humanos aplicables.

55. Respetar de forma irrestricta el no contacto con los pueblos y segmentos de pueblos indígenas en aislamiento voluntario, dados los gravísimos impactos que el contagio del virus podría representar para su subsistencia y sobrevivencia como pueblo.

56. Extremar las medidas de protección de los derechos humanos de los pueblos indígenas en el marco de la pandemia del COVID-19, tomando en consideración que estos colectivos tienen derecho a recibir una atención de salud con pertinencia cultural, que tome en cuenta los cuidados preventivos, las prácticas curativas y las medicinas tradicionales.”

La comunidad queda a la espera de una favorable acogida y de la única medida posible para resguardar la salud y la integridad de nuestra comunidad, es decir: la prohibición total del ingreso de trabajadores mineros a nuestra comuna.

Atte.

Asamblea por el Agua del Guasco Alto
Comunidad Indígena Diaguita Montañas Fértiles
Comunidad Indígena Diaguita de Conay “Hermana Agua”
Comunidad Indígena Diaguita Molle Kai Co

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