Demanda ambiental: Estado de Chile no reconoce responsabilidad por la contaminación en Calama
“Cuando todo es daño ambiental, entonces nada lo es”. Con esta frase el Consejo de Defensa del Estado (CDE) buscó desacreditar la demanda ambiental al Estado de Chile en Calama, por grave daño presentada por más de 20 organizaciones de la zona.
El pasado 4 de diciembre se llevó a cabo la audiencia de alegatos donde la defensa del fisco apuntó a que no existe daño ambiental, que la exposición de la población a Material Particulado 10 (MP10) no configura un daño a la salud y que el cáncer de mama no tendría una relación directa con la contaminación.
Asimismo, defendió las medidas transitorias que se han implementado para bajar la saturación de MP10, las que según la postura del organismo, contradicen la demanda por abandono, recapitulando las acciones de los años 90’ para controlar la contaminación y destacando que el no contar con un Plan de Descontaminación Ambiental (PDA) los últimos 16 años, no configuran daño ni abandono.
El abogado Nicolás Escobar Gómez en representación del CDE señaló: “No está controvertido que en esta fecha del día hoy no existe un PDA vigente aplicable a la comuna de Calama, sin embargo, en opinión de esta parte, aquello no implica la existencia de un daño ambiental de forma automática”.
Así inició la defensa del fisco, el que apuntó a que hubo un Plan de Descontaminación elaborado conforme la normativa vigente y que fue anulado por el mismo Tribunal Ambiental que en su momento (2023) estableció que se debía realizar un nuevo estudio. Este debía incluir los datos de las estaciones de monitoreo que representen a la totalidad de la población de Calama y que se disponga de las medidas necesarias que atiendan a mejorar la realidad atmosférica de la zona. Y es que el PDA presentado no cumplía con el objetivo de descontaminar.
El Fisco a través de su abogado desconoce que el no contar con un PDA que enfrente la saturación por MP10 implica un daño significativo, ya que no la controla ni aplica acciones que mitiguen sus efectos, los que dañan la salud de las personas, el ecosistema del oasis y la calidad de vida de todos los habitantes del territorio.
Sergio Chamorro, en representación legal de las organizaciones demandantes, expuso en sus alegatos que se han entregado estudios geoestadísticos que demuestran que hay un sesgo regional respecto a la contaminación en enclaustros mineros. «La huella química confirma que el arsénico es un subproducto cancerígeno que proviene de la industria”.
Pero para el CDE los problemas de salud que aquejan a la población que habita en Calama no están relacionados necesariamente con la contaminación por arsénico. En sus alegatos el abogado defensor hizo una revisión a lo expuesto por la testigo de la parte demandante Pía Cortés, Directora de Salud de COMDES de Calama, la que dio cuenta sobre un aumento exponencial de patologías oncológicas, el abogado ironizó sobre este dato recordando que “al ser consultada cuáles son las patologías oncológicas, ella se refiere al cáncer de mama, cáncer de mama que no tiene un vínculo causal con la exposición a MP10, ni tampoco al arsénico”.
Lo cierto es que la exposición a largo plazo a la contaminación del aire por partículas finas aumenta el riesgo de cáncer de mama, así lo afirmó un estudio presentado en 2023 en el congreso de la Sociedad Europea de Medicina Oncológica (ESMO).
Los alegatos de la defensa abordaron también “el componente agua”. El representante del CDE abordó el testimonio de la testigo por parte del Estado, Carmen Silva, funcionaria de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, quien indicó: “La calidad del agua potable medida y que consume actualmente la población de Calama cumple con la norma chilena de calidad de agua. La presencia de arsénico natural no implica necesariamente una afectación en la población. Lo que debe evaluarse es el arsénico en el agua para consumo”.
En estos alegatos no se tomaron en cuenta las prácticas culturales de Calama como la agricultura y la ganadería, que en medio de la crisis hídrica, sigue estando presente en la cosecha de alfalfa y choclo según la estación, alimentos para ganado y para la población respectivamente, que son regados con aguas del Río Loa, un gran elemento vital para el oasis y la principal víctima de las políticas extractivistas y la contaminación minera en la zona. A esto se suma el arsénico que está en el MP10 que respira la población.
En sus declaraciones, el abogado del CDE insistió en su teoría recordando el testimonio del Dr. Orlando Negron con la siguiente distinción: “El riesgo es la posibilidad o probabilidad de que un daño ocurra, mientras que el daño, para estos efectos, es la pérdida o disminución, detrimento o menoscabo significativo de algún componente ambiental, en ese sentido la mera exposición a un componente ambiental no implica necesariamente que exista un daño, es decir, no por estar expuesto al MP10, existe un daño o un consecuente daño”.
El 98% de la contaminación es provocada por las mineras, sin embargo, no existe alguna demanda o penalización por parte del Estado, lo que ha generado dudas en las organizaciones de la sociedad civil. Para el abogado demandante “el fisco confunde al autor material: las mineras; con el garante legal: que es el Estado. La responsabilidad estatal no es por operar la minera, sino por permitir durante 16 años que la minera y sus pasivos sigan contaminando y ampliándose en una zona legalmente saturada”.
Con la presentación de los alegatos de las partes demandante y demandada se espera ahora la visita de los ministros del Tribunal Ambiental de Antofagasta a la ciudad de Calama, una tarea clave que busca dar testimonio presencial de las condiciones en las que se encuentra la ciudad. En tanto, desde la demanda se espera como resultado que el Estado de Chile de soluciones efectivas al problema, con inversión permanente que permitan remediar los efectos al ecosistema y fundamentalmente para proteger la salud y calidad de vida de las comunidades afectadas.
-Con información de comunicado de prensa
Tal vez te pueda interesar: Suicidio en regiones: cuando la vida importa solo si interrumpe la rutina
Sigue leyendo en Radio JGM
https://radiojgm.uchile.cl/estudio-revela-que-glaciares-en-chile-como-reserva-de-agua-podrian-agotarse-antes-de-fin-de-siglo/





Deja una respuesta