¿Por qué es importante una paridad que incluya a personas trans y no binarias?

Escrito por el abril 27, 2022

Ante el debate de una paridad que incluya explícitamente a las disidencias sexuales y de género en los órganos del Estado, dos activistas explican la relevancia y el alcance de esta norma.

El pasado 13 de abril el pleno de la Convención Constitucional rechazó la norma que establecía una democracia paritaria con 93 votos a favor, 42 en contra y 13 abstenciones. El artículo establecía que el “Estado de Chile se funda en una democracia paritaria, que reconoce y promueve una sociedad en la que mujeres, hombres, diversidades y disidencias sexuales y de género participen en condiciones de igualdad sustantiva”.

Por consiguiente, se buscaba que por lo menos el cincuenta por ciento de los órganos del Estado estén compuestos por mujeres, además de asegurar que identidades trans y no binarias también sean parte. Además, el Estado tenía que fomentar medidas necesarias para la participación de mujeres y disidencias.

Actualmente, el borrador de nueva constitución incluye distintas normas que aseguran la paridad. Por ejemplo, en el sistema electoral o en el judicial. Aun así, estas normas no incluyen explícitamente a las diversidades sexuales y de género.

Le integrante de la Comunidad Intersex Pacífico Sur, Franco Pradenas, afirma que la importancia de esta norma “tiene que ver con una reparación de muchos años, una deuda histórica”.

“Si dices que la paridad incluye a hombres y mujeres, claro, incluyes a las personas trans que se identifiquen como hombres y mujeres. Pero muchas de las personas trans no nos identificamos ni como hombres ni como mujeres, sino que somos parte del espectro no binario. Cualquier persona de este espectro nos queda fuera de la paridad”, agregó.

Franco Pradenas, integrante de Comunidad Intersex Pacífico Sur

La experiencia anterior

En las elecciones de convencionales constituyentes, realizadas en mayo de 2021, se contó por primera vez con un sistema de paridad. Esta fórmula aseguró que una misma cantidad de hombres y mujeres integraran la Convención Constitucional, pero no aseguró la inclusión de personas de las disidencias sexo genéricas.

Le activista e integrante del colectivo Disidencias Unidas Reconstruyendo Alianzas Sexopolíticas (Duras), Emilie Esperguel, explicó que: “En esta experiencia personas trans que obtuvieron alta votación, como Emilia Schneider, Constanza Valdés, Alejandra Toledo y Rodrigo Mallea y no quedaron dentro (de la Convención). Esto porque operó la paridad en contra de ellos o porque no había ningún sistema de promoción hacia estas candidaturas con un carácter trans inclusivo”.

La oposición progresista

En la votación del 13 de abril, la norma respecto a democracia paritaria recibió votos en contra y abstenciones por parte de grupos de corte progresista, tales como el Colectivo Socialista e Independientes No Neutrales. Además, fue criticada por dirigentes de organizaciones de las disidencias sexuales y de género.

El ex presidente de Fundación Iguales, Juan Enrique Pi, expresó a través de su cuenta de Twitter que la norma “presenta un problema grave en relación al respeto a la identidad de género y su protección”.

Posteriormente, Pi explicó a La Tercera que “(el artículo) puede ser utilizado después para precisamente decir que las personas trans no serían hombres o mujeres, porque las estamos poniendo en una categoría distinta”.

El vocero del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, también utilizó su cuenta de Twitter para afirmar que la norma viene “desde una “disidencia en extremo ideologizada”

Aun así, para Emilie Esperguel los activistas mencionados anteriormente no entienden la norma como tal. “Se opusieron a una representación trans y no binaria porque pensaban que se refería a una cuota y no a un sistema electoral completo (…) la única cuota presente es de un 50% de mujeres”.

Emilie Esperguel

Por otro lado, Franco Pradenas explicó que “una fórmula de paridad que sea trans incluyente va a permitir que podamos acceder a los escaños que nunca hemos podido llegar (…) Al final, ellos son personas cisgénero opinando sobre la vivencia de personas trans y no binarie”.

¿Qué otras alternativas hay?

La Convención Constitucional no es el único espacio donde se puede discutir esta norma. Por ejemplo, podría convertirse en un proyecto de ley para ser discutido en el congreso. De todas formas, les activistas miran con cautela aquel proceso.

“Sabemos que el congreso se compone de forma conservadora, donde prima el poder constituido que siempre se ha opuesto a los cambios favorables a las personas trans y no binarias. Eso también se evidencia con la legislación vigente”.

Por otro lado, esta norma podría ser parte de la materia de ley, si es que se aprueba el borrador de nueva constitución. La materia de ley es toda aquella acomodación que se les hace a la legislación para que esté acorde con la carta magna.

“La constitución es algo así como un rayado de cancha, solamente un marco legal general. Por esto mismo muchas cosas no quedarán explicitadas en la constitución, entonces pasarán a ser materia de ley (…) en eso podemos apostar por esta paridad, pero ojalá que no pase eso, porque va a ser mucho más complejo que en la Convención Constitucional”, declara Franco Pradenas.

Emilie Esperguel se suma a esa preocupación, y recalcó que “este es el segundo informe de reemplazo que se va a discutir, y si no se aprueba en la convención, quedará excluida del debate constitucional”.

Actualmente, la convención ha aprobado normas que benefician a la comunidad disidente, como el Derecho a la Identidad. Aun así, las organizaciones buscan seguir con su incidencia para garantizar un texto constitucional que asegure derechos y una vida digna para la población LGBTQ+.

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