La pobre política penitenciaria que deja al descubierto la trama del caso Ámbar

Escrito por el agosto 21, 2020

El femicidio de Ámbar, a manos de Hugo Bustamante, generó profundo rechazo y preocupación hacia el sistema judicial, ya que el imputado acusado previamente de matar a su pareja y al hijo de ella en 2005, sólo alcanzó a cumplir 11 años de presidio de un total de 27. Para los expertos, esta situación se da por la falta de políticas robustas en términos de régimen penitenciario.

El pasado 17 de agosto la Cámara de Diputados designó a los parlamentarios que llevarán adelante la revisión de la acusación constitucional contra la jueza Silvana Donoso, quien en 2016 dejó en libertad condicional a Hugo Bustamante, autor del doble homicidio hacia su ex pareja y al hijo de ella en 2005, y único imputado por el asesinato de la adolescente Ámbar Cornejo.

El mismo día, la Comisión de Constitución de la Cámara aprobó la idea de legislar un proyecto que busca limitar beneficios carcelarios a quienes cometieron delitos sexuales en contra de menores.

Ambas gestiones hicieron surgir de inmediato una serie de dudas en el campo del derecho. Sobre todo, porque el poder judicial se ha visto más cuestionado, aún cuando la última reforma procesal penal se hizo en 2013 y contó con la venia parlamentaria. Por lo mismo, cuestionan que la búsqueda de responsables en el caso Ámbar sea por la vía de la acusación.

Asimismo, analizaron cuál deben ser los caminos para generar un sistema carcelario que reintegre de forma efectiva a los presos en la sociedad.

Dudas parlamentarias

A partir del asesinato de Ámbar, los llamados por justicia desde la opinión pública no tardaron en llegar. La indignación se impuso al dejar en libertad a un asesino y psicópata, que fue declarado como un peligro para la sociedad.  Ante los hechos, el parlamento decidió revisar la normativa para determinar responsabilidades.

En este escenario, desde la Defensoría Popular, la abogada María  Rivera tildó de absurda la acusación constitucional. Esto, ya que la «ley que revisa las libertades condicionales la han hecho los mismos legisladores. Entonces no tiene sentido que después quieran reparar algún mal con leyes que ellos son los únicos que tienen facultad para redactarla, votarla o rechazarla», aseguró.
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Por su parte, para el director de la ONG Leasur, Pablo Pinochet, habrá que poner atención en cómo se argumentará el notable abandono de deberes de la magistrada. Ya que, según explicó, la decisión de la comisión que presidió en 2016 se ajustó a la ley y a los datos actuales. 

«Está comprobado que quienes pasaron su pena en libertad condicional reinciden menos que los que pasaron toda su pena privados de libertad. Estas decisiones tienen que ser tomadas desde un punto de vista técnico y no abusando del oportunismo político y de casos de alta connotación y sensibilidad pública», puntualizó».

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El abandono a los condenados

Según señalan los expertos, hoy en Chile las cárceles ofrecen un flojo acompañamiento profesional a quienes se encuentran condenados. Un proceso que tampoco es conocido de cerca por los jueces. Esto facilita que en los procesos en que se otorgan beneficios carcelarios, como la libertad condicional, no se consideren los informes de Gendarmería.

Claro ejemplo de esto fue el caso de Hugo Bustamante, a quien se le otorgó el beneficio, pese a tener un informe desfavorable. Una situación que evidenció las fallas de una cadena institucional que aborde las penas condenatorias a cárcel de manera integral.

Para María Rivera, «la persecución penal y las leyes que se aplican no son ni para conseguir justicia, ni para el bien común. El castigo de la cárcel hasta ahora ha demostrado que no resuelve nada«, reflexionó.

En este sentido, la abogada no cree que el escenario «vaya a cambiar mientras no exista -por ejemplo- una comisión de libertad condicional que entre en la vida de quienes están postulando».
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Lo anterior sería un aporte para avanzar en procesos que impidan la llamada «puerta giratorio» en el mundo delictual y que reinserten de manera efectiva. Esto, a través del cumplimiento alternativo de penas.

Sin embargo, y como señala  el académico y abogado de la Universidad de Chile, Luis Felipe Abbott, las políticas han ido en la dirección contraria. «Si bien es un hecho indesmentible que el que la gente ingrese a la cárcel es nefasto, hay que tratar de evitarlo, todos los mecanismos para poner a la gente progresivamente en libertad han tendido a ser más restringidos que ampliados«.
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Por un régimen efectivo de penas

Para Pablo Pinochet, la nula capacidad de reinserción social del sistema penitenciario «surge porque el sistema judicial no tiene cómo constatar que la pena fue ejecutada con éxito. Esa necesidad expresa la falta de una ley de ejecución penitenciaria. Que establezca el cómo la pena debe ser ejecutada. Actualmente el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios de Gendarmería deja muchas cosas al arbitrio».
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Al respecto, el académico Luis Felipe Abbott complementó que «el poder ejecutivo ha tenido en sus manos -desde hace mucho tiempo- no sólo uno, sino muchos proyectos que reemplazan el reglamento penitenciario y crean un sistema de ejecución de pena. Incluido un aparato jurisdiccional. Pero ese proyecto aún no ha sido propuesto al parlamento«.
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Por ahora, el camino que decidió seguir el parlamento es la acusación. El documento será revisado por una comisión de cinco diputados. Los mismos deberán votar para recomendar o no a la sala la aprobación y avance de la iniciativa.

 

 

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