Carabineros que desnudaron a niños mapuche en Ercilla aún ejercen sus funciones

Escrito por el agosto 27, 2020

El Centro de Investigación y Defensa Sur se querelló en contra de los carabineros Marcelo Fritz Cifuentes, Pablo Godoy Lagos y Sebastián Villalobos Cabrera responsables de incurrir en “tratos crueles, inhumanos y degradantes” en contra de dos niños mapuche de doce años y uno de catorce, quienes fueron detenidos y desnudados ilegalmente cuando se dirigían del colegio a sus casas en la comuna de Ercilla, en marzo de 2018.

Foto: CIDSUR

Foto: CIDSUR

Para el día 25 de agosto del 2020 estaba fijada una Audiencia de Preparación de Juicio Oral en el Juzgado de Garantía de Collipulli, en contra de los funcionarios de Carabineros Marcelo Fritz Cifuentes, Pablo Godoy Lagos y Sebastián Villalobos Cabrera, responsables de detener ilegalmente a tres niños mapuche en la localidad de Ercilla. Sin embargo, la audiencia fue suspendida a petición de la defensa de los policías argumentando que “no han tenido oportunidad de conversar directamente con su representante” y se reagendó para el 26 de octubre del presente año.

Detención ilegal a niños mapuche

Eran cerca de las cinco de la tarde del 18 de marzo de 2018, cuando los niños de iniciales E.J.H.R y J.J.H.N de 12 años y el adolescente H.B.H.R de 14 años acabaron su jornada escolar. Mientras caminaban por calle Caupolicán, una camioneta de Carabineros les interceptó obligando a H.B.H.R y J.J.H.N a detenerse y caminar hasta un sitio eriazo ubicado entre las calles Licanten y Los Notros, donde los matorrales impedían la vista de los transeúntes. Unos metros más atrás caminaba E.J.H.R, quien utilizó su celular para registrar la detención, sin embargo, al ser sorprendido por los funcionarios Fritz y Villalobos fue retenido junto a los otros dos niños. Se les sumó el funcionario Pablo Godoy Lagos, conductor del vehículo.

Los carabineros examinaron las pertenencias de los niños: abrieron sus mochilas y arrojaron al piso sus útiles escolares. Luego registraron sus ropas y les ordenaron desprenderse de sus zapatos y bajarse los pantalones. “La acción de los funcionarios se extendió incluso a solicitar a los niños que bajaran su ropa interior, situación que no se concretó debido a la negativa y afectación de las víctimas”, señaló Sebastián Saavedra, abogado querellante. Una vez culminada esta acción, Carabineros permitió a los niños retirarse del lugar.

Al respecto de la constante violación de derechos de niños y niñas mapuche que el estado de Chile hace a través de estrategias de represión en Wallmapu,  Claudia Molina psicóloga y defensora de la niñez,  señaló a Radio JGM que el Estado de Chile mantiene una constante violencia, racismo y discriminación hacia niños y niñas mapuche, tanto en la  negación de la cultura y la identidad de un pueblo originario como en estrategias de represión focalizadas.

La abogada Pamela Nahuelcheo interpuso un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Temuco, el cual fue rechazado porque según el criterio de la institución la versión de los niños mapuche no daba garantías de verosimilitud, en tanto los informes psicológicos acompañados no gozaban de la idoneidad para probar los dichos de las víctimas.

Lo que posteriormen te fue revocado por la Corte Suprema, argumentando que las acciones de carabineros incurrieron en un procedimiento sin autorización legal que “constituyen una vulneración a la libertad personal y seguridad individual de los amparados, desde que se los somete a un control e interrogatorio informal”, inscribe la Sentencia del Máximo Tribunal con fecha 30 de mayo de 2018 (ROL N° 10.868).

Con este documento, la Corte Suprema ordenó a la Fiscalía Regional de la Araucanía iniciar la investigación criminal correspondiente indicando: “Eal recurso deberá ser acogido en la forma pedida para adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho e impedir que tales actuaciones ilícitas se reiteren contra los recurrentes o contra terceros que se encuentren en las mismas condiciones”.

El abogado de CIDSUR Sebastián Saavedra señala que el testimonio de un niño se encuentra sujeto a la valoración de los jueces en cada instancia, incluso han existido casos en la misma corte de apelaciones de Temuco, donde los mismos niños han sido llamados a declarar ante la corte.

«En este caso la corte no quiso darle valoración a informes profesionales que se habían preparado de acuerdo al criterio de Estambul. Aca debiese existir un programa especial en relación a la formación de Carabineros de Chile, por ejemplo en conocer los derechos de los niños niñas y adolescentes, por ejemplo que no pueden ser interrogados salvo su identificación y no puede ser hecho sin la presencia de un defensor. En este caso los funcionarios policiales que interrogaron, consultaron por vínculos familiares e incluso les pidieron bajarse los pantalones, y aún siguen actvos en la misma ciudad donde se produjo esta vulneración, es decir no hay ninguna acción del poder judicial frente a la ireegularidad.»

De este modo, el 3 de febrero del presente año los funcionarios de Carabineros Marcelo Fritz Cifuentes, Pablo Godoy Lagos y Sebastián Villalobos Cabrera fueron formalizados por el delito de vejación injusta en contra de los niños y el adolescente. Mientras que el Instituto Nacional de Derechos Humanos y los querellantes particulares representantes de las víctimas calificaron jurídicamente los hechos como tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Con fecha 13 de mayo se presentó dicha acusación en contra de los imputados, estando pendiente la realización de la Audiencia de Preparación de Juicio Oral, la que fue reagendada para el 26 de octubre a las 12:00 horas en el Juzgado de Garantía de Collipulli.

Sobre la opinión pública referida a estos hechos, Saavedra espera que el Gobierno y la ciudadanía reaccione “preservando la integridad física y moral de todos los niños, niñas y adolescentes que viven en este territorio, sin distinción de la nación, la raza, la etnia o el grupo social al que pertenezcan”.

Cidsur solicita siete años de prisión efectiva, mientras que el Ministerio Público 541 días. Hasta el momento todos los carabineros implicados en esta detención ilegal siguen ejerciendo sus funciones en la comisaría de Ercilla.

Comentarios

Opiniones
  1. Isabel Najum.   /   agosto 29, 2020, (10:31 pm)

    Carabineros de Chile – fuerza pública uniformada que tiene como objetivo principal el resguardo de velar por la seguridad y la vida de la ciudadanía, además de los bienes públicos y privados de las personas -.
    Ésta fuerza pública, junto a la policía civil, deben sufrir la reformulación de sus protocolos, de sus funciones y atribuciones, entre otros. No es posible, que cada gobierno de turno, haga uso y amedrentamiento de la población civil de los Pueblos Originarios, de los trabajadores, de los manifestantes, en fin de todos aquellos que levantan en libertad sus voces y son atropellados, asesinados, vejados, robados, por éstos verdaderos cuerpos de represión.
    En los últimos 50 AÑOS y, probablemente antes, los gobernantes de Chile han usufructuado del compromiso irrestricto de la policía, quiénes han procedido no sólo al cuidado de éstos políticos, sino también del sofocamiento social que se les otorga desde La Moneda. Así las cosas, la Justicia chilena está entrampada en una telaraña de leyes absurdas, leoninas y dictatoriales.
    Aunque son poderes legítimamente autónomos, al parecer la Constitución escrita y promulgada bajo un gobierno de facto, les hace estar comprometidos y proceder en forma estéril.
    Lamentablemente, como chilenos no podemos permitir el atropello y vejación a nuestros niños la Justicia debe actuar con sigilo, pero en propiedad de estás aberraciones y, Carabineros debe realizar la labor para la cuál fue creada la institución: Orden, Patria y Resguardo de la vida ciudadana. FIN.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.Los campos obligatorios están marcados con *



[No hay estaciones de radio en la base de datos]